José López deberá cumplir 13 años de prisión por las condenas en las causas bolsos, armas y Vialidad


La Cámara Federal de Casación Penal, con un voto mayoritario, confirmó que José López, debe cumplir 13 años de prisión en la unificación de las condenas por enriquecimiento ilícito, tenencia de armas y el caso Vialidad. La defensa pública había rechazado el cómputo aplicado al ex funcionario kirchnerista, pero los argumentos fueron rechazados por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña.

El 22 de agosto el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) que ejecuta la pena del caso Vialidad, determinó que por esa causa y las otras sentencias acusatorias que pesan sobre José López, deberá responder por una pena unificada de 13 años, una multa del 60% sobre el valor del enriquecimiento y la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos.

“La pena única a imponer se fija en un quantum próximo al máximo legal previsto, que refleja adecuadamente tanto la magnitud de los delitos que concursan en forma real y, especialmente, el grado de culpabilidad del condenado”, habían señalado los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu.

José López previo a que la Corte Suprema de Justicia otorgue firmeza a la condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado del caso Vialidad, ya contaba con una sentencia por enriquecimiento ilícito, también confirmada por el máximo tribunal.

Por ese motivo, el Tribunal que aplicó la pena mayor es el responsable de unificar la pena a cumplir.

En esta ocasión el TOF 2 entendió que por la gravedad de los delitos cometidos, el ex funcionario kirchnerista debe cumplir una pena unificada de 13 años de cárcel.

En la resolución sostuvieron los magistrados: “dadas las particularidades de cada una de las penas de inhabilitación que le fueron impuestas a López en los diversos pronunciamientos que aquí se unifican, como así también de la pena de multa, habremos de recoger la propuesta fiscal efectuada en el punto y mantener, en los términos de sus respectivos pronunciamientos, cada una de ellas.”

Frente al criterio aplicado, la defensa pública de López se opuso y llegó hasta la Cámara de Casación con su reclamo. Al analizar los argumentos, los jueces Hornos y Barroetaveña confirmaron la pena única de trece años de prisión por los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, enriquecimiento ilícito y portación ilegal de arma de fuego de uso civil.

En el voto los magistrados señalaron que el “holgado apartamiento del mínimo de la escala penal guarda íntima relación con la inusitada y enorme gravedad de las conductas acreditadas y el específico rol que cumplió José Francisco López, como Secretario de Obras Públicas de la Nación”.

En ese mismo sentido, fue el juez Hornos quien hizo especial énfasis en que se trata de “hechos de corrupción, los cuales deben ser juzgados con la máxima severidad, ya que no sólo lesionan bienes jurídicos económicos, sino que dañan los cimientos mismos del orden constitucional, y eso debe verse traducido al momento de la ejecución de la sentencia”.

Por eso se explicó que la corrupción, “como delito doloso contra el Estado que conlleva enriquecimiento ilícito, ha sido reconocida como una de las formas más graves de ataque a las instituciones republicanas. No se trata de una simple infracción penal, sino de un fenómeno estructural que socava el Estado de Derecho y mina la confianza ciudadana en las instituciones”.

Por último, la Casación sostuvo que la condena única impuesta no luce tampoco repugnante a la finalidad de resocialización de la pena, ni a la protección de la dignidad de la persona humana, centro sobre el que gira la organización de los derechos fundamentales en nuestro orden constitucional.

De esta manera, “el máximo tribunal penal federal de la nación vuelve a dictar sentencia en una de las causas de corrupción más importantes de la historia de la República Argentina”.

El defensor oficial, Santiago Finn, en el marco de la audiencia de unificación de la pena, había solicitado al TOF una unificación de la pena a través de la composición de condenas, no sumando las dos sentencia dictadas contra José López.

Hay dos métodos para la unificación: Por un lado está el denominado “método aritmético”, que es la sumatoria directa de las dos condenas. No es el sistema más aplicado: suele contemplarse el llamado “método composicional” a través del cual se integran las dos penas, “ya que de haberse juzgado todo en un único juicio sería menor a la suma aritmética”.

A la hora de argumentar su planteo indicó que el delito de corrupción, “el de administración fraudulenta, que es la verdadera causa del enriquecimiento, pierde mucha punibilidad el reproche por enriquecimiento ilícito porque integra la administración fraudulenta”. Entonces se requirió que la pena se acerque más a la del caso Vialidad, es decir los seis años.

La pena unificada requerida por el defensor oficial es de ocho años. Entendió que la pena de Vialidad es de seis años, pero que no se debe realizar una suma aritmética respecto a la otra condena “para evitar duplicar las acusaciones”

Esto fue rechazado por el Tribunal aplicando una pena de trece años.

Fuente: www.clarin.com

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